Certificación de Origen
 

Certificación de Origen

¿Qué son las Normas de Origen?

Normas específicas para determinar el país en donde las mercancías fueron producidas o elaboradas cumpliendo determinados requisitos, condición indispensable para beneficiarse de las preferencias otorgadas en un Acuerdo Comercial.

El régimen de origen comprende, tanto las disposiciones referidas a los criterios de calificación para que los productos sean considerados originarios, como los procedimientos para la declaración, certificación y comprobación del origen.

El propósito central de las normas de origen es permitir que se beneficien de los Acuerdos aquellas mercancías que hayan sido totalmente obtenidas, o bien, productos que incorporen materiales que no hayan sido enteramente obtenido en el país, siempre que tales materiales hayan sido objeto de una transformación sustancial.

¿Qué es la Autocertificación?
 
La autocertificación es una forma de certificar origen permitida y utilizada sólo al amparo de algunos acuerdos comerciales, en la cual el exportador,  importador o el propio productor, declara que la mercancía que está exportando a un determinado mercado, cumple con las normas de origen establecidas en el Acuerdo Comercial correspondiente.  El operador indicado para declarar tal condición se encuentra definido en cada acuerdo.

¿Qué es la Verificación de Origen?
 
La verificación de origen consiste en comprobar la validez del certificado de origen y corroborar que la mercancía exportada o importada cumple con las normas de origen establecidas en un Acuerdo Comercial determinado. Se hace notar, que estos Acuerdos contemplan normas acerca de los procedimientos que se deben llevar a cabo en un proceso de verificación de origen.

¿Qué es un "Exportador Autorizado"?

Esta forma de certificar origen consiste en que la entidad aduanera competente o la autoridad gubernamental del país exportador puede autorizar a cualquier exportador (que realice exportaciones frecuentes) para que extienda la declaración en factura acerca del cumplimiento de las normas de origen del Acuerdo Comercial.

Esta modalidad sólo se puede llevar a cabo en aquellos productos que se exporten en el marco del Acuerdo de Asociación Económica entre Chile y la Unión Europea, o bien, en el ámbito del Tratado de Libre Comercio entre Chile y la Efta.

Se hace notar que la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (Direcon) es la autoridad gubernamental competente y por consiguiente está facultada para otorgar la condición de exportador autorizado. Para acceder a esta categoría el representante del exportador debe enviar una solicitud por escrito a esta Dirección General, la cual será analizada detalladamente en cuanto a su experiencia, cumplimiento histórico de las normas de origen, del análisis sobre el proceso productivo, entre otras.